SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2014-s2
Fecha: 19-Dic-2014
II.1.
II.1. Cursa acta de suspensión de medidas cautelares de 29 de octubre de 2013, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Maritza Dinar Dorado Gonzáles y Emiliana Surayde Rivera, en la cual la Secretaria, informó la solicitud del Ministerio Público de suspensión de la referida audiencia, toda vez que tenía otra audiencia programada a la misma hora, cediéndole la palabra al abogado de las imputadas, ahora accionante, a efectos de pronunciarse respecto al petitorio del Ministerio Público, momento en el cual, según dicha acta, el accionante manifestó que no se le corte la palabra, empujando de manera agresiva su Código de Procedimiento Penal en dirección a la autoridad jurisdiccional, motivo por el que ésta autoridad, ordenó a la Secretaria preparar un mandamiento de arresto; sin embargo, luego de haber cedido la palabra a los abogados de las partes, la autoridad demandada decidió suspender la audiencia, señalando nuevo día y hora al efecto (fs. 20 a 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Activación de la acción de libertad por persecución legal o indebida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo