SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2014-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2014-s2

Fecha: 19-Dic-2014

III.3. Análisis del caso concreto

De la revisión y análisis de los antecedentes de la problemática en estudio, se establece que el accionante argumenta que existió persecución ilegal o indebida en su contra, infiriéndose de los hechos desarrollados que se trataría de una acción de libertad preventiva, esto es, evitar la consumación de una amenaza cierta e inminente de su derecho a la libertad, ya que la Jueza demandada habría dispuesto la emisión de una orden de arresto en su contra, por una supuesta falta disciplinaria en su calidad de abogado de la parte imputada.

En ese entendido, de acuerdo a los entendimientos desarrollados en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se concluye que para considerar la existencia de persecución indebida, debe evidenciarse la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley. En el presente caso, de la compulsa de los antecedentes, se establece que la autoridad demandada, no emitió ninguna orden de arresto disciplinario, extremo que es confirmado por el propio accionante en su memorial de demanda; razón por la cual, sin efectuar mayores consideraciones, se debe denegar la tutela solicitada, toda vez que no se ha evidenciado amenaza cierta e inminente de su derecho a la libertad. En todo caso, se tiene que dado el contexto en el que se desarrolló la audiencia suspendida, se trató de una advertencia de la autoridad jurisdiccional, para que el abogado adecúe su comportamiento y trato dentro de los márgenes de respeto y ética que debe regir sus actuaciones como abogado patrocinante.