Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2014-S2
Fecha: 19-Dic-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 23 de mayo de 2014, a horas 16:00, en ocasión de efectuarse la audiencia de cesación a la detención preventiva, ante su rechazo, interpuso recurso de apelación, de acuerdo a lo establecido por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, haya obtenido respuestas a la varias peticiones realizadas, con el agravante de que no se remitió el cuaderno procesal al Tribunal de alzada para su Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Marco normativo del recurso de apelación contra resoluciones que determinan medidas cautelares
- III.3. La celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y el denominado hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo