SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2014

Fecha: 01-Dic-2014

al ser el Tribunal Constitucional Plurinacional el último y máximo celador y garante de la materialización del Bloque de Constitucionalidad y de la vigencia de los derechos fundamentales en el Estado Plurinacional de Bolivia, al no existir instancia superior, sus decisiones adquieren la 'calidad de cosa juzgada constitucional', aptitud jurídica en mérito de la cual, las mismas son inmodificables y no pueden ser examinadas de manera ulterior

Conforme al artículo glosado, las resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, tienen carácter vinculante y son de cumplimiento obligatorio; además, contra ellas no cabe recurso ordinario alguno; pues, conforme lo ha entendido este Tribunal, en la SCP 2143/2012 de 8 de noviembre, refiere que: interpretando el art. 203 de la CPE, a la luz del principio de unidad constitucional y de acuerdo a una interpretación teleológica, se establece que al ser el Tribunal Constitucional Plurinacional el último y máximo celador y garante de la materialización del Bloque de Constitucionalidad y de la vigencia de los derechos fundamentales en el Estado Plurinacional de Bolivia, al no existir instancia superior, sus decisiones adquieren la 'calidad de cosa juzgada constitucional', aptitud jurídica en mérito de la cual, las mismas son inmodificables y no pueden ser examinadas de manera ulterior” (las negrillas nos pertenecen).

Cuando se ejerce control de constitucionalidad y a emergencia de éste se produce una declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad, a la luz de la Teoría del Derecho la norma jurídica declarada constitucional se mantiene vigente en el ordenamiento jurídico, respaldada por una declaratoria expresa de su conformidad con la Constitución, contrario sensu, la norma declarada inconstitucional es expulsada del ordenamiento jurídico lo que equivale a una pérdida absoluta de valor normativo jurídico.