SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2014

Fecha: 01-Dic-2014

cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional emite un pronunciamiento que determina la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma, ésta ya no podrá ser objeto de control de constitucionalidad, rige el principio de cosa juzgada constitucional

En mérito de este razonamiento, cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional emite un pronunciamiento que determina la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma, ésta ya no podrá ser objeto de control de constitucionalidad, rige el principio de cosa juzgada constitucional, el mismo que sustentado en el principio de vinculatoriedad de las resoluciones constitucionales (art. 203 de la CPE), involucra que aquello que ya ha sido resuelto por una sentencia constitucional no puede ser objeto de un nuevo pronunciamiento ni vertical ni horizontalmente” (SCP 1557/2014 de 1 de agosto) (las negrillas son añadidas).