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    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2014-RCA

    Fecha: 14-Feb-2014

    e)

    e) Estima conculcados sus derechos y garantías a la “seguridad jurídica”, al acceso a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la propiedad privada individual, y al debido proceso en su componente de falta de motivación, citando al efecto los   arts. 56.I, 115.I y II; y, 178.I y 180.I de la CPE; 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.1 del PIDCP.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • RECHAZA
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado
    • II.2.  Requisitos de forma. Determinación de su carácter subsanable y delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
    • II.3. Sobre la ejecución de las Sentencias Constitucionales y las resoluciones de amparo constitucional
    • Empero, es menester aclarar que si producto de una determinación dentro de una primera demanda de amparo constitucional se produjeron nuevos hechos vulneratorios de derechos y garantías constitucionales, hace que la situación cambie y que estos hechos sean propicios para la instauración de una nueva demanda de amparo constitucional
    • e)
    • g)

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