Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2014-CA
Fecha: 13-Feb-2014
II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 16 inc. c).13, 30 y 45.II del “Reglamento de Régimen Disciplinario para Servidores Judiciales Administrativos del Órgano Judicial” aprobado por Acuerdo 36/2012 de 24 de febrero; y, de los Acuerdos “08/2013” y “28/2013”, por presuntamente ser contrarios a los arts. 109.II, 115.II, 116.I y 119.I de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- promovió
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- no cuenta con los requisitos de procedencia y contenido
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- DEVOLVER