Sentencia: 0458/2014 de 25 de febrero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0458/2014 de 25 de febrero

Fecha: 25-Feb-2014

I.4.2.  Sobre la inconstitucionalidad del numeral 2 incs. e) y f); numeral 3 inc. b); numerales 5, 7 y 9 del Reglamento de inserción de beneficiarios aprobado por la CNS

Al analizar las características de las normas impugnadas, tenemos que las mismas dan forma al proceso del trámite cuyo objeto es el de poder acceder a los servicios que presta la Caja Nacional de Salud para los familiares del asegurado, sin los cuales se estaría creando vacíos normativos y jurídicos, que conllevaría a una inseguridad jurídica, ya que los requisitos enunciados dentro de la normas impugnadas forman parte de una cultura jurídica que tiene por objeto y finalidad el evitar el caos dentro del sistema de seguridad social reglando sobre los requisitos mínimos y exigibles para que se demuestre la filiación por parte de los que pueden ser beneficiarios del asegurado, por lo que no se está demandando una norma en particular, sino que se está atacando a todo un sistema social que tiene por finalidad la de precautelar la salud de sus asegurados y los de sus legítimos beneficiarios, quienes tienen que demostrar el vínculo de parentesco que tienen con el asegurado; por lo que el efecto nocivo al declarar la inconstitucionalidad de una de esta normas degeneraría en inseguridad jurídica y se estaría cercenando el contenido del procedimiento de afiliación, por lo que la suscrita magistrada considera que las formas de afiliación, de unión conyugal, se encuentran registradas en el Código Familiar así como en las normas del Registro Civil, mismas que tienen que permanecer inmutables en resguardo de la seguridad familiar.