SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2014
Fecha: 05-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, estima lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso y acceso a la justicia; asimismo, al principio de la impugnación, alegando que dentro del proceso ordinario de restitución de precio en ejecución de sentencia, en el marco de lo dispuesto en el art. 518 del CPC, apeló contra el decreto de 26 de febrero de 2013, que aprobó el informe pericial, que fue resuelto por el Auto de Vista 130/2013 de 28 de marzo, anulando obrados con el fundamento que por prohibición expresa del art. 226 del CPC, las simples providencias no pueden ser objeto de apelación, lo que significa que al no haber ingresado al fondo de la apelación, los vocales de alzada denegaron el derecho de acceso a la justicia, al exigir previamente acudir al recurso de reposición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la interpretación de la norma procesal contenida en el art. 518 del CPC y el derecho a la impugnación de los fallos judiciales
- ante la eventualidad que el justiciable haga uso al mismo tiempo o en un mismo memorial del recurso de reposición bajo alternativa de alzada en etapa de ejecución de Sentencia
- III.2 Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR