SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2014

Fecha: 05-Feb-2014

a)

Elena Julia Gemio Limachi, Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia Penal de La Paz, en el informe escrito cursante de fs. 17 a 18, indicó: a) La Resolución de 28 de agosto de 2013, fue firmada por su persona, el Presidente y las juezas ciudadanas, concluyendo así su responsabilidad en la misma fecha, en consecuencia, su persona no vulneró ningún derecho; b) Conforme al art. 52 del CPP, dentro del proceso seguido por el Ministerio Público y acusación particular del Ministerio de Gobierno contra el ahora accionante, por el delito de terrorismo y otros se designó como Director del caso y Presidente del Tribunal a Sixto Justo Fernández Fernández, único responsable de cualquier trámite dentro del presente proceso penal que se halla bajo su dirección y responsabilidad, no pudiéndosele atribuir dicha competencia por ser únicamente Jueza Técnica, limitándose su participación a intervenir en las audiencias que se le convoque, siendo en consecuencia el Juez Presidente el responsable de la remisión y la secretaria por la elaboración de las actas, conforme al art. 56 del citado Código; y, c) El proceso penal en etapa de juicio oral, se tramita en la ciudad de Santa Cruz, semana por medio, por tal motivo la comprendida entre el lunes 26 al viernes 30 de igual mes y año, su persona se hallaba en comisión de viaje de trabajo, por lo que no existe negligencia ni mora procesal de su parte.