Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2014
Fecha: 05-Feb-2014
1)
El accionante mediante su abogado, ratificó in extenso el tenor de su memorial y ampliando refirió que: 1) El poder notarial otorgado en su favor fue para la venta de lotes de terreno que no se han perfeccionado, por lo que no corresponde se califique como el ilícito de estelionato; y, 2) A los poderdantes se les otorgó medidas sustitutivas, no asumiendo similar medida a su favor, bajo el argumento de haber suscrito los compromisos de venta, de lotes de terreno que cuentan con su derecho propietario demostrado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. S
- REVOCAR