SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2014
Fecha: 12-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento fundamentación y motivación, por cuanto dentro del proceso penal iniciado en su contra por la presunta comisión de el delito de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, solicitó al Ministerio Público someterse a procedimiento abreviado, a cuyo efecto se remitió al órgano jurisdiccional el requerimiento conclusivo. Es así que en la audiencia señalada para la consideración de la medida alternativa, en uso de su derecho constitucional se abstuvo de declarar, siendo este el fundamento para que el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal rechace el procedimiento abreviado que impetró, mediante el Auto Interlocutorio 229/2013, que no se encuentra debidamente fundamentado.
- a)
- 1)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3. El debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR