Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2014
Fecha: 18-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega vulneración de sus derechos a la libertad y a la defensa; toda vez, que mediante memorial de 2 de agosto de 2013, interpuso un incidente de nulidad de imputación; sin embargo la autoridad accionada por negligencia de sus subalternos que hicieron conocer dicho memorial recién el 15 del mismo mes y año, la autoridad demandada no remitió oportunamente la apelación incidental al Tribunal superior, lo que considera que no hubo demora procesal en la no remisión oportuna del incidente planteado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre el indebido procesamiento en las acciones de libertad
- corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo