Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0382/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.3.
II.3. Mediante memorial de 20 de mayo de 2011, presentado ante el Juzgado de Instrucción en lo Penal de La Paz, el Fiscal de Materia, Antonio Santamaría, informó el inicio de investigación preliminar del proceso iniciado a denuncia de Luis Fernando Balanza Vacaflores contra Carlos Ignacio Rodolfo Ballivián Valdez y Carla Sofía Ballivián Pedraza, por la supuesta comisión de los delitos de estafa, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado (fs. 27).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 12
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación.
- En consecuencia, y de acuerdo con la jurisprudencia constitucional glosada, la acción de libertad no puede constituirse en un medio adicional o supletorio que pueda ser activado cuando no se hizo uso oportuno de los mecanismos ordinarios de defensa instituidos por el ordenamiento jurídico, cuando aquellos fueron activados extemporáneamente o cuando se pretende obtener un pronunciamiento más rápido sin el previo agotamiento de las instancias respectivas en la jurisdicción ordinaria, pues conforme se ha sostenido, la presente vía, se caracteriza por ser un medio eficaz de defensa de los derechos y garantías de carácter subsidiario, que únicamente opera cuando no existe otro medio de protección judicial.”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo