SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2014

Fecha: 25-Feb-2014

1)

El referido recurso concluyó con el Auto Supremo 355 de 27 de junio de 2013, que indica lo siguiente: 1) El recurso de casación debe cumplir con lo previsto en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil (CPC); 2) El art. 258 inc. 2) del señalado Código, indica que se debe cumplir con la cita clara, concreta y precisa de la resolución que se recurre, así como las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, indicando en que consiste el error; 3) El memorial no cumplió con las previsiones del art. 253 del CPC; 4) La empresa “demandante” confunde las resoluciones que se recurren, así como las fojas, y es que señala fojas inexistentes; 5) El recurso se limitó a narrar de manera confusa el procedimiento administrativo sin indicar cual el error iudicando; 6) El petitorio de la acción es contradictorio y confuso; y, 7) No contiene una técnica recursiva mínima, lo que hace inviable su consideración.