SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2014

Fecha: 25-Feb-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Hace más de veinte años, junto a su esposo ahora fallecido, compraron un lote de terreno con 300 m2, de superficie, ubicado en la Zona Villa Ingenio, Distrito 1 de El Alto, en el que construyeron su casa y cedieron unas habitaciones, por unos meses, al hijo del primer matrimonio de su marido, con la finalidad que viviera junto a su esposa; sin embargo, permanecieron en el inmueble hasta la fecha.

Al año de haber fallecido su esposo, los ahora demandados, de manera frecuente le hostigaron para que saliera de la casa, arguyendo que ésta era de su padre y que ella no tendría ningún derecho, empero en diciembre de 2011, la echaron del bien inmueble referido, llegando a cambiar hasta las cerraduras de la puerta de calle, motivo por el que efectuó la denuncia ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de El Alto, donde las autoridades, le hicieron devolver las llaves para que pueda entrar y vivir en su casa, además de suscribir un “Acta de buena conducta” para no incurrir en los mismos actos; sin embargo, continuaron frecuentemente con ese tipo de actitudes, cortando los servicios básicos como es la energía eléctrica, impidiéndole consumir agua potable y cerrando con candado el sanitario, abusos reiterados que fueron conocidos por los vecinos de esa calle; por ello, se presentaron declaraciones juradas de testigos.

El 30 de julio de 2013, cuando se encontraba en una de las habitaciones con la intención de sacar su triciclo y salir a su puesto de venta de refrescos, con el que se mantiene, los demandados, nuevamente la echaron de la casa, cerrando la puerta de garaje por dentro.  En la tarde, ingresó al inmueble y constató que entraron a su habitación para apoderarse de sus bienes y destechar la habitación en la que guardaba sus pertenencias, cerrando con candado el ingreso al baño y cortar la energía eléctrica, atentando contra su salud, su dignidad de persona de la tercera edad, motivo por el cual, presentó denuncia ante la Unidad de Protección al Adulto Mayor del Gobierno Municipal de El Alto, en la que se logró suscribir un acta de conformidad y compromiso.

El 26 de agosto de 2013, los demandados volvieron a cortar la energía eléctrica y cerraron con candado el sanitario, y cuando reclamó, sólo recibió agresiones verbales con palabras denigrantes, como ser “vieja cochina, charqui” (sic), negándose a restituir los servicios y cuando se encontraba en su habitación, con velas, ingreso la hija de los demandados de nombre Jhovana Chambi Maydana, quien la insultó con palabras soeces, indicando que debería salir de la casa que le pertenece a su padre, desconociendo que su persona la compró junto a su fallecido esposo.