SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2014

Fecha: 25-Feb-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el contenido del memorial de la acción y ampliándola señaló que ambos esposos hicieron instalar los servicios de luz, agua y alcantarillado.  Sin embargo, los demandados violentaron la cerradura de la habitación y sustrajeron toda la documentación, haciendo la declaratoria de herederos, registrando y cambiando el nombre de los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable, así como las cerraduras de la puerta.

Al fallecimiento de su esposo, ella es propietaria del 75% de los derechos y acciones, el restante 25% corresponde a su hijastro; éste, sin ser propietario de la mayoría de las acciones, con prepotencia y amenazas, pretende apropiarse del inmueble que fue adquirido y en el que se construyeron las habitaciones e instalaron lo servicios, junto a su esposo.