Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2014-CA
Fecha: 10-Mar-2014
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Alega que, a raíz de no haberse notificado a su persona para la audiencia de la referida acción, se emitió una decisión ilegal, parcializada, inoportuna e incongruente, por la cual las autoridades cuestionadas mandaron el desapoderamiento con facultad de allanamiento de los predios, usurpando funciones y excediendo competencias en franca violación de los derechos de la Policía Boliviana a la “seguridad jurídica”, a la legítima defensa, al debido proceso, a la propiedad y a la libertad, máxime cuando el Tribunal de garantías no contaba con el suficiente quórum para pronunciar el fallo cuestionado.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- 1. Supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Análisis del caso concreto
- el recurso directo de nulidad no procede dentro de la tramitación de una acción tutelar; no obstante, en el caso de autos, el recurrente pretende activar el recurso directo de nulidad impugnando una resolución emitida dentro de una acción de amparo constitucional, pretendiendo se someta a un control competencial las actuaciones de la Sala Civil Segunda, constituida como Tribunal de garantías, aspecto que no sólo no coincide con el objeto y naturaleza jurídica que reviste a dicha acción tutelar, sino que desnaturalizaría la finalidad del recurso directo de nulidad;
- en el que la recurrente, por medio del recurso directo de nulidad pretende la revisión