AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2014-CA
Fecha: 10-Mar-2014
II.2. Análisis del caso concreto
De acuerdo al análisis del caso concreto, consta que la parte recurrente, en calidad de tercero interesado, en su condición de Comandante Departamental de la Policía de Santa Cruz, pretende la nulidad de los actos emergentes del Acta de audiencia de la acción de amparo constitucional y decisión pronunciada por los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de 22 de noviembre de 2013 (fs. 3 a 11 vta.), la cual resolvió la acción tutelar interpuesta por Teresa Triviño Bazán, respecto a la posesión ilegal de terrenos los mismos pertenecieron a dicha institución policial, donde funcionaron las oficinas de Seguridad Ciudadana y Patrullaje.
De la revisión de la documentación adjunta, la Comisión de Admisión verificó que si bien el accionante expuso los hechos que dieron lugar a la emisión de la resolución de amparo constitucional, alegando que existió franca vulneración a los derechos de propiedad, de “seguridad jurídica, a la legítima defensa, al debido proceso y a la libertad, no consideró que este último fundamento no corresponde ser analizado dentro del recurso interpuesto, según lo previsto por el art. 146.1 del CPCo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- 1. Supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Análisis del caso concreto
- el recurso directo de nulidad no procede dentro de la tramitación de una acción tutelar; no obstante, en el caso de autos, el recurrente pretende activar el recurso directo de nulidad impugnando una resolución emitida dentro de una acción de amparo constitucional, pretendiendo se someta a un control competencial las actuaciones de la Sala Civil Segunda, constituida como Tribunal de garantías, aspecto que no sólo no coincide con el objeto y naturaleza jurídica que reviste a dicha acción tutelar, sino que desnaturalizaría la finalidad del recurso directo de nulidad;
- en el que la recurrente, por medio del recurso directo de nulidad pretende la revisión