SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2014

Fecha: 07-Mar-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso, a la notificación, al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, toda vez que, el Auto de Vista AV-SSa-130/2012 de 19 de diciembre y el Auto Supremo 298 de 5 de junio de 2012, consintieron la vulneración de los derechos referidos, por no revisar de oficio el proceso de demanda de pago de beneficios sociales, interpuesta en su contra, por Karina Lazarte Moya de Soria y advertir que la apelación de la Sentencia 051/2012 de 11 de junio, efectuada por la demandante, fue admitida fuera de plazo, tomando en cuenta, que la notificación válida con la referida sentencia fue la de 19 de junio de 2012 y no así la de 29 del similar mes y año; por otro lado, denuncia que los Magistrados de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, al casar en parte el Auto de Vista AV-SSA-130/2012 de 19 de diciembre y disponer el pago de sueldos devengados y vacaciones, además del pago de subsidios familiares, efectuaron una mala interpretación de la ley.