Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2014
Fecha: 10-Mar-2014
denegó
El Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 07/2013 de 22 de mayo, cursante de fs. 17 a 18, denegó la tutela solicitada, concluyendo que el único derecho lesionado es el de petición que no se halla ligado a la acción de libertad; sin embargo, para esta Sala, los argumentos y el texto de la misma, resultan ininteligibles, hecho que dificulta enormemente su análisis y revisión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- el plazo para expedir el correspondiente certificado de arraigo no debe exceder de las veinticuatro horas, por depender del mismo la materialización de la libertad física de la persona interesada
- se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución
- 14 de octubre de 2013
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- 2° Disponer