Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2014
Fecha: 10-Mar-2014
II.2.
II.2. A través del memorial presentado el 9 de agosto de 2013, dentro el mencionado proceso penal, el denunciante Juan Belisario Vargas Burgoa, solicitó al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, Armando Navia Rojas, señale día y hora de audiencia para considerar la aplicación de medidas cautelares; asimismo, cursa decreto emitido por la nombrada autoridad jurisdiccional demandada, fijando la solicitada audiencia para horas 16:00 del 1 de octubre de 2013 (fs. 73 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concede en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- , las características que diseñan su naturaleza son la sumariedad, celeridad, inmediatez en la protección e informalismo que la hacen expedita y oportuna
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto