SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2014
Fecha: 10-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del derecho al debido proceso, a la igualdad procesal, a la presunción de inocencia y a la defensa, manifestando que dentro el proceso penal que se le sigue, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, prevaricato y consorcio de jueces, fiscales y abogados, el Fiscal de Materia lo imputó sin realizar, una debida motivación y fundamentación, efectuando una inadecuada calificación del tipo penal; asimismo, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, -autoridad demandada-, mediante Auto de 25 de julio del mismo año, rechazó el incidente de actividad procesal defectuosa, sin pronunciarse sobre los puntos planteados; por otro lado, a través de decreto de 22 de agosto de 2013, señaló audiencia de consideración de medida cautelar para el 1 de octubre del mismo año a horas 16:00; sin considerar que no fue legalmente notificado, para que concurra a la misma, emitiéndose el Auto de 1 de octubre de 2013, declarándolo rebelde y ordenando se expida el mandamiento de aprehensión en su contra, previa notificación por edictos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concede en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- , las características que diseñan su naturaleza son la sumariedad, celeridad, inmediatez en la protección e informalismo que la hacen expedita y oportuna
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto