SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2014

Fecha: 10-Mar-2014

a)

Daniel Argote Valdelomar, Virgilia y Fanor Argote López, por intermedio de su abogado, señalaron que: a) El título propietario presentado por los accionantes no tiene tradición, pues dicho inmueble pertenecía a la familia Rodas Flores y no a Diego Roca Flores y que los terrenos en conflicto se encontrarían en el plan tres mil, no así en Villa Paraíso; b) Se trata de incumplimiento de contrato de transferencia de posesión y de mejoras, mismo que habría sido fraguado por el ahora accionante; c) Daniel Argote Valderomar, se encuentra hace doce años en dicho terreno, desde el 5 de febrero de 2001 hasta el presente; y, d) Los accionantes, acudieron a la justicia ordinaria en primera instancia, por lo que no pueden acudir a la vía constitucional dado el principio de subsidiaridad.