SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2014

Fecha: 10-Mar-2014

concedió

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 6 de septiembre de 2013, cursante de fs. 196 a 197, concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata desocupación de los demandados del inmueble objeto de la presente acción, debiendo librarse mandamiento de desapoderamiento; de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) Los accionantes, acreditaron su derecho propietario debidamente registrado en DD.RR.; asimismo, no se demostró que el mencionado derecho se encuentre cuestionado legalmente a través de alguna acción judicial, pues no se recibió documentación alguna en ese sentido; 2) De acuerdo a la documentación y la fundamentación de ambas partes, se concluye que Daniel Argote Valdelomar, vendió su derecho de posesión y de mejoras a Feliciano Maida Ponce, ahora accionante, estableciéndose un plan de pagos, de manera que voluntariamente el demandado cedió la posesión y mejoras que tenía en el terreno al accionante, quien tomó posesión, presentando avisos de cobranza de luz y agua potable, con lo cual acreditan dicho extremo; y, 3) En un Estado de derecho, existen normas que se deben respetar y nadie puede ejercer justicia por mano propia, debiendo acudir ante la autoridad competente para hacer prevalecer su derecho.