Sentencia Constitucional Plurinacional 0614/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0614/2014

Fecha: 25-Mar-2014

II.1.

II.1. El fallo constitucional objeto de la disidencia, declara la inconstitucionalidad de las frases “del uno por ciento (1%) de los ingresos brutos mensuales”; “el cero veinticinco por ciento (0,25%” y la palabra “brutos”, contenida en el parágrafo I del art. 6 de la Ley 315; asimismo enel punto 6 de la parte resolutiva, la Sentencia exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional a que “En el plazo de tres meses incorpore en la Ley 315, la participación del Estado en el Fondo de Financiamiento creado por dicha Ley y se establezcan los montos o porcentajes de aportes, que deben ser proporcionales a los ingresos reales y efectivos de los medios de comunicación, así como de los productores independientes autogestionarios, los medios de comunicación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y de las comunidades interculturales y afro bolivianas y del sector comunitario”.