SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2014

Fecha: 25-Mar-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante estima vulnerados los derechos y garantías del accionante a la propiedad privada, al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y a una justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones, a la “legalidad”, “seguridad jurídica”, la prohibición de irretroactividad y a la no confiscatoriedad sin una justa retribución; toda vez, que la autoridad demandada mediante RA AN-WINZZ-RA 279/2013 de 12 de junio, complementada y aclarada por la RA AN- WINZZ-RA 327/2013 de 9 de julio y notificada a TOYOSA S.A. el 11 de igual mes y año, aplicó de manera retroactiva la Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, sin tomar en cuenta que el accionante, inició los trámites de importación de la vagoneta clase: Land Cruiser; marca: Toyota: chasis: JTMHU0 9J304070619; motor: IGR-A652754; año 2012; modelo 2013 el 29 de diciembre de 2012, en aplicación a lo dispuesto por el art. 82 de la LGA. Es decir, antes de la puesta en vigencia de la citada Ley del Presupuesto que fue puesta en vigencia a partir del 1 de enero de 2013, tal cual lo dispone el art. 2 de dicha Ley, y, 321.III de la CPE.