Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2014-RCA
Fecha: 01-Abr-2014
Fragmento 8
El accionante argumentó en la impugnación que cumplió con el principio de inmediatez; toda vez que, la RA 27/2013, emitida en el recurso jerárquico fue notificada el 16 de agosto del mismo año; es decir, dentro de los seis meses con relación a la fundamentación de los actos libres y expresamente consentidos, indicó que siempre cuestionó las decisiones a través de recursos administrativos correspondientes.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- improcedencia
- principio de inmediatez
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- Fragmento 8
- 1)