Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2014-RCA
Fecha: 16-Abr-2014
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante considera como vulnerados sus derechos al debido proceso, en su elemento a la fundamentación de fallos, a la defensa irrestricta, a la tutela judicial efectiva, citando al efecto los arts. 115.I y II, 117.I, 119.I y II, 178 y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 del Pacto de San José de Costa Rica; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto