Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2014-RCA
Fecha: 16-Abr-2014
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo la anulación del Auto Definitivo 11/2013 de 9 de abril; en consecuencia, el Tribunal de apelación antes de dictar un nuevo, resuelva las apelaciones incidentales “…y en cuanto a que el recurso de apelación no cuenta requisitos formales y/o de contenido se me conceda el término de tres días para su subsanación conforme el Art. 399 del CPP” (sic); asimismo, se determine la nulidad hasta la audiencia de interposición del incidente de excepción de incompetencia, para que el Juez de la causa al resolver los incidentes planteados, informe sobre la reserva de los recursos de apelación incidental.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto