La SCP 0729/2014 de 10 de abril, fue pronunciada dentro de una acción de libertad en la que el accionante denuncio que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad y a las garantías del debido proceso y tutela judicial efectiva, po
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La SCP 0729/2014 de 10 de abril, fue pronunciada dentro de una acción de libertad en la que el accionante denuncio que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad y a las garantías del debido proceso y tutela judicial efectiva, po

Fecha: 10-Abr-2014

a)

La SCP 0729/2014 de 10 de abril, fue pronunciada dentro de una acción de libertad en la que el accionante denuncio que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad y a las garantías del  debido proceso y tutela judicial efectiva, porque los Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia Penal: a) Aplicaron e interpretaron incorrectamente la primera parte del art. 239.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con relación a la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal y al art. 123 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, b) Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmaron la Resolución que rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva. 

La SCP 0729/2014 de 10 de abril, que motiva la presente disidencia, concedió la tutela solicitada con el fundamento en su decisión, de que las autoridades demandadas al dictar sus resoluciones que motivaron la acción de libertad, incurrieron en falta de fundamentación y motivación al rechazar la solicitud de cesación a la detención preventiva y confirmarla respectivamente, lesionando el derecho a la libertad y al debido proceso del imputado ahora accionante.