SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2014
Fecha: 10-Abr-2014
a)
Nelly JannetteSegales Jarro, Jueza Primera Disciplinaria del Consejo de la Magistratura en audiencia manifestó: a) Al ser este tipo de procesos con características nuevas a partir de la Ley del Órgano Judicial,las referencias que se podrían hacer sobre jurisprudencia no serían aplicables debido a las características del proceso señalado; b) El Auto de Inicio de Sumario Disciplinario establece que en un proceso disciplinario se respeta la presunción de inocencia, debido a que no es igual a una imputación formal por que existe la convicción de ser procesado por haber cometido un delito; y,c) Que el mencionado Auto, se encuentra claro y fundamentado en varios numerales de la Ley del Órgano Judicial y en la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- conceder en parte
- II.1.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional: Reglas y subreglas
- III.2. El Auto de Inicio de Sumario Disciplinario dentro del proceso administrativo en el Órgano Judicial
- III.3.
- 2º