Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.2.
II.2. Por informe médico de 14 de octubre de 2013, Marcelo Posadas del Río, Médico cirujano del Centro Penitenciario femenino de Miraflores ante la Directora del mismo recinto, puso en conocimiento que Lirio Rosario Uria Ortuño ahora accionante, cuenta con los antecedentes de Nefrectomía derecha, epilepsia, tuberculosis renal tratada e insuficiencia renal crónica, por lo que tiene exámenes de laboratorio pendientes, ecografía renal y hemograma glicemia, perfil lipídico, los cuales son de suma urgencia para la determinación de tratamiento; por ello, sugirió que los exámenes faltantes se realicen el 15 del citado mes y año, ya que la paciente tiene salida a salud mental (fs. 25).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- denegó
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Toda resolución relacionada al ejercicio del derecho a la vida debe encontrarse debidamente fundamentada
- III.2. Improcedencia de una causa de acción de libertad con identidad de objeto, sujeto y causa de otra acción de libertad: jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2°