Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2014
Fecha: 10-Abr-2014
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 29 de 26 de abril de 2013, cursante de fs. 25 a 26, denegó la tutela impetrada; en base al siguiente fundamento: la jurisprudencia constitucional plasmada en las “SSCC 0008/2010-R, 0080/2010 y 0542/2010-R”, consagran el principio de subsidiaridad; en el presente caso, de la revisión de antecedentes, se constata que el accionante manifestó que a la fecha quedan pendientes incidentes y excepciones interpuestos por su persona, de modo que no es posible la apertura de la acción de libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- postulados en virtud de los cuales, se genera un Estado Constitucional de Derecho caracterizado por la vigencia plena de derechos fundamentales individuales y colectivos en el marco de un sistema jurídico plural destinado a consagrar el valor supremo e ideal del Estado: El vivir bien
- Fragmento 8
- a la luz del vivir bien, la justicia y la igualdad como principios y valores plurales supremos que forman parte del bloque de constitucionalidad imperante, irradiarán de contenido todos los actos de la vida social, consagrando así los postulados propios del Estado Constitucional de Derecho.
- III.2. El debido proceso en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- dentro de los tres días
- : REVOCAR