Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2014
Fecha: 10-Abr-2014
Fragmento 16
En el asunto que nos ocupa, el accionante denuncia vulneración a su derecho a la libertad, porque si bien, la Fiscal de Materia le imputó por la presunta comisión de los delitos de amenazas, racismo y otros, previstos en los arts. 293 y 281 nonies del CP, no se prevé como sanción, pena privativa de libertad, lo que hace inviable la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva; sin embargo, el Juez demandado la dispuso, incurriendo en detención preventiva y abuso de autoridad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Correctivo
- Reparador
- Fragmento 11
- en
- Fragmento 13
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR