SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2014

Fecha: 10-Abr-2014

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 48 de 17 de septiembre de 2013, cursante de fs. 12 vta. a 15, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) La dilación y sustanciación para definir la situación jurídica de la accionante, fue provocada de manera tendenciosa y maliciosa por ella misma, ya que la presentación del memorial de recusación firmado por el abogado Roberto Parada Mole, fue la que provocó que el Juez codemandado, tome la decisión de excusarse, porque dicho abogado tiene problemas personales con él, que originada que su imparcialidad sea cuestionada; empero, curiosamente dicho abogado, no asistió a la audiencia señalada, a efectos de definir la situación jurídica de la accionante; ii) Teniendo conocimiento de la causa, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, dispuso la detención preventiva de la misma, resolución que fue recurrida a través del recurso de apelación, motivo por el cual, el Tribunal de garantías no puede entrar a analizar situaciones de hecho, sólo puede valorar cuestiones de derecho, como lo establece la Constitución Política del Estado; y, iii) Dado el carácter subsidiario que es una de las características de las acciones de defensa, y no habiéndose agotado las instancias ordinarias y estar pendiente de resolución la apelación interpuesta, no pueden ingresar a analizar el fondo del problema.