SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2014

Fecha: 15-Abr-2014

1)

Pablo Antezana Vargas, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Sacaba del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito cursante a fs. 65 y vta., manifestando que: 1) Viene ejerciendo el control jurisdiccional del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Simón Heredia Sandoval en contra del imputado Pastor Miranda Ledezma, por la presunta comisión del delito previsto por el art. 308 bis del Código Penal (CP); 2) Por Resolución de 11 de septiembre de 2013, ordenó la detención preventiva del imputado; quien solicitó cesación a la detención preventiva, señalándose audiencia para el 14 de octubre de igual año, la que fue suspendida por no haberse labrado el acta de aplicación de medidas cautelares por parte de Secretaría, debido a la recargada labor que atravesaría ese despacho, señalando nueva audiencia para el 21 de similar mes y año, audiencia en la cual, luego de valoradas las pruebas aportadas, resolvió rechazar la solicitud de cesación a la detención preventiva, no advirtiendo haber incurrido en vulneración de derecho alguno, además que la resolución no fue impugnada; 3) Por memorial de 30 de octubre de 2013, el accionante solicitó nueva audiencia de cesación a la detención preventiva, y por decreto de 31 igual mes y año, se señaló audiencia para el 25 de noviembre de igual año, notificándose a las partes el 4 del mismo mes y año, estando dentro el plazo de veinticuatro horas como establece la norma; y, 4) Finalmente, informó la excesiva carga procesal que existiría en su despacho judicial, conforme las literales que adjuntó, que evidencia la presentación de una cantidad considerable de memoriales; además, que el Ministerio Público estuviera procediendo a liquidar las causas abandonadas, dándose circunstancias de fuerza mayor que impedirían programar las audiencias en un plazo más corto.