Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2014
Fecha: 15-Abr-2014
II.5.
II.5. Posterior a la detención practicada, Marcelo Vía Roldán, Director de dicho Centro de Rehabilitación, mediante memorial de 21 de octubre de 2013, presentado a Olma Lilian Rojas Castro, Jueza de Instrucción de Familia, ante la evidencia de que el detenido presentó su cédula de identidad con el número 9342332 Cbba., y se verificó que éste respondía al nombre de Samuel Apaza Mamani y no de Sacarías Apaza Mamani, solicitó se especifique si el mandamiento de apremio es para Sacarías Apaza Mamani o para Samuel Apaza Mamani (fs. 120 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- La obligación de asistencia se cumple bajo apremio, con allanamiento en su caso del domicilio de la parte obligada
- en materia familiar, excepcionalmente puede disponerse la restricción a la libertad física, a través de un mandamiento de apremio en los casos en los que una persona incumpla con los deberes de asistencia familiar
- III.3. Respecto la misión y atribución de la Policía Boliviana
- i)
- Toda persona tiene derecho a la libertad
- Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley
- El objeto de este derecho (derecho a la libertad física) es la protección de uno de los bienes jurídicos más importantes para la persona y que enmarca el carácter primario, como es la capacidad de decidir dónde ir, permanecer y/o desplazarse; lo que implica que es un derecho con amplia protección, con este razonamiento debemos entender que, para que exista una aprehensión y consiguiente restricción a la libertad personal, ésta debe ser en el marco y los límites señalados en la ley y no de otra forma”
- Fragmento 22
- III.5.
- cumplir las leyes en todo el territorio boliviano y su atribución de
- CONFIRMAR en todo