SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2014
Fecha: 21-Abr-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El menor AA fue aprehendido por funcionarios policiales luego del intento de robo de un celular, del cual desistió, y fue trasladado y depositado en celdas policiales como si fuese un delincuente. Posteriormente, se lo imputó por el delito de robo en grado de tentativa, cuya pena prevista no supera los cinco años; sin embargo, de forma ilegal y abusiva la autoridad judicial dispuso su detención preventiva, sin tomar en cuenta lo dispuesto por el art. 233.1 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), que expresamente determina para que proceda la detención preventiva de un menor de quince años, el delito por el cual se lo imputa, debe tener prevista una pena privativa de libertad, cuyo máximo legal sea de cinco años o más.
Señala que se ha vulnerado el art. 231 del CNNA, que determina los casos excepcionales en los que se aplican las medidas cautelares, y en el caso del menor, dicha medida fue aplicada sin ninguna fundamentación y continúa de forma indeterminada sin que subsista la necesidad de su aplicación, perjudicándolo en sus estudios y trabajo.