SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2014

Fecha: 21-Abr-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de la parte accionante, reiteró el contenido de la demanda haciendo hincapié en que el Juez demandado, antes de sustanciar la audiencia convocada para el 13 de noviembre de 2013, debió pronunciarse respecto a la recusación e imprimir a dicho incidente el trámite correspondiente, lo cual implica que, desde el momento en el que se presentó la recusación, el Juzgador se hallaba impedido de efectuar cualquier actuación dentro del proceso, incluyendo la instalación de dicha audiencia y los actos emergentes de la misma que derivaron en lesión a derechos y garantías de los accionantes.