SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2014

Fecha: 21-Abr-2014

La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana

Así, la SC 0011/2010-R de 6 de abril, razonando con referencia a la persecución indebida y su protección a través de la presente acción tutelar, precisó que: "La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal, sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al juez competente, la restitución del derecho a la libertad física, o la protección de la vida misma, motivo por el cual se constituye en una acción tutelar preventiva, correctiva y reparadora de trascendental importancia que garantiza como su nombre lo indica, la libertad, derecho consagrado por los arts. 22 y 23.I de la CPE".

Entonces, cuando se hace manifiesta la ilegalidad de la actuación de autoridad jurisdiccional que deriva en la privación de libertad del justiciable, la vía idónea para su reclamo es la acción de libertad, pues como se ha afirmado, en materia penal, las lesiones al debido proceso son tutelables a través de este mecanismo extraordinario, lo cual implica que, cuando las acciones de particulares o de quienes tiene el deber de impartir justicia, se apartan de los marcos legales y vulneran el debido proceso en cualquiera de sus diferentes elementos y consecuentemente ocasionan lesión a la libertad del encausado, la acción de libertad, deberá ser deferida.