SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2014

Fecha: 30-Abr-2014

a)

Mediante Informe cursante de fs. 67 a vta., Humberto Melgar Lijerón, ahora demandado expresó que: a) Desconoce a la demandante y menos aún tenía conocimiento que supuestamente era la propietaria del inmueble colindante con el suyo, por cuanto en más de dieciocho años no vio ningún acto de dominio y uso sobre el referido terreno; b) La denuncia respecto a que los postes y alambrado fueron derribados es falsa, toda vez que hace varios años los vaqueros que deambulaban por la zona, fueron quienes se llevaron los materiales a los que se hace referencia; c) Su persona no es autora ni intelectual ni material de los hechos y si alguna vez realizó algún acto de desmonte sobre el inmueble en cuestión, fue a pedido de los vecinos, quienes le solicitaron efectúe alguna acción para impedir que los malvivientes del lugar hicieran su morada en dicho lote baldío; y, d) Una mujer que se hizo llamar Nélida, fue quien hace más de tres meses hizo limpiar el terreno y efectuó algunas mejoras en el mismo, que es contra quien debería dirigirse la presente acción de amparo constitucional, concurriendo por tanto error en la identidad en el sujeto demandado.