Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2014-RCA
Fecha: 09-May-2014
I.3. Petitorio
Solicita se le conceda la tutela constitucional, previa valoración de los antecedentes se ordene al Tribunal Agroambiental que dicte nueva Sentencia sin la valoración de los informes anómalos, IT USCC 061/2013 emitidos por el INRA Cochabamba; y TA-DTE-GN 28/13 de 13 de agosto de 2013, por el geodesta del Tribunal Agroambiental; por otra parte se tenga presente la disidencia que se acompaña en el proceso; y, conforme el art. 192 del CPC, el referido fallo deba declarar el derecho de los litigantes, ya que la Sentencia Nacional Agroambiental 27/2013 de 26 de septiembre, no contiene decisiones expresas, positivas y ciertas, sobre su alcance, debiendo aclarar la trascendencia de la misma.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- por no presentada
- II.2.1. Cumplimiento de los requisitos de contenido establecidos por el art. 33 del CPCo