AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2014-RCA

Fecha: 09-May-2014

II.3.  Análisis del caso en revisión

El Tribunal de garantías, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional con el fundamento de que conforme a la exposición del accionante, éste no precisó la tutela impetrada; además, a pesar de habérsele exigido el cumplimiento del art. 33.5 y 8 del CPCo, por decreto de 7 de abril de 2014, en su memorial no expuso con claridad los aspectos facticos de la acción, incumpliendo de esa manera los requisitos esenciales de contenido y forma de la acción; sin embargo, de la lectura del memorial de la acción y el de aclaración, se desprende que el accionante reclama la vulneración al debido proceso, toda vez que el Auto Supremo 511/2013 impugnado, no respondió a todos los puntos cuestionados por las partes, como el contrato de compra-venta motivo del proceso judicial, que fue celebrado con normas del Código Civil (Santa Cruz), entre otros aspectos reclamados, extrañándose una debida fundamentación y motivación en la emisión del referido Auto Supremo.