Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2014
Fecha: 08-May-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, a través de su representante, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa, a la “seguridad jurídica”, a la personalidad, el debido proceso y a la igualdad procesal; citando al efecto los arts. 109.I y II, 116.I, 117, 118.I, 119.I y II, 120.I de la Constitución Política de Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada y consolidada en cuanto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR