SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0912/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0912/2014

Fecha: 14-May-2014

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 15/2013 de 13 de noviembre, cursante de fs. 108 a 110, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista de 25 de octubre de 2013, disponiendo que las autoridades judiciales demandadas emitan una resolución en aplicación del art. 124 y 173 del CPP, con la debida fundamentación, en mérito de la obligación de establecer congruencia y estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y resuelto a fin de reparar la vulneración advertida. Alegando para esta conclusión solo el siguiente argumento: “El art. 180.II de la CPE, establece y garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, en relación al debido proceso y el principio de recurribilidad de los fallos judiciales y administrativos, consagrados por los arts. 13, 14, 25, 109, 115.II, 132 y 410 de la Norma Suprema” (sic).