SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2014
Fecha: 23-May-2014
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiéndose: a) Dejar sin efecto las providencias de 21 y 22 de octubre de 2013, emitidas por la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, Lia Cardozo Veizan; b) Conminar a la mencionada Jueza, para que dentro del plazo de veinticuatro horas y sin formalidad alguna, proceda a la corrección del nombre del accionante en los datos del proceso; c) Se oficie a la Dirección Departamental del Centro Penitenciario de “San Pedro”, a objeto de hacer conocer que los nombres consignados tanto en el mandamiento de detención preventiva, como en el de libertad, se encuentran errados; y, d) Se conmine a la autoridad jurisdiccional, para que en el plazo de veinticuatro horas, emita nuevo mandamiento de libertad, especificando de manera clara y precisa su verdadera identidad.