AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2014-RCA

Fecha: 02-Jun-2014

II.2. Jurisprudencia consolidada sobre el plazo para presentar la acción de amparo constitucional

Al respecto la jurisprudencia constitucional a través de la SC 0521/2010-R de 5 de julio, estableció las subreglas que deben ser consideradas en el cómputo del plazo, para la presentación de la acción de amparo constitucional: “A efectos de un correcto cómputo del plazo de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, teniendo en cuenta el plazo prudencial para la interposición del amparo y su naturaleza subsidiaria -que encarna el agotamiento en la misma vía de medios idóneos- debe ser modulado en los siguientes términos: