AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2014-RCA
Fecha: 16-Jun-2014
a)
Solicitan se conceda la presente acción popular y se disponga que AAPOS: a) Inicie proceso de concertación con el Ayllu Jesús de Machaca, con la intervención del Estado; b) Que se abstenga de seguir contaminando el territorio, y evitar que se les niegue el acceso y circulación por su territorio; c) Se ordene la concertación de las condiciones de participación en la gestión ambiental y aprovechamiento de las lagunas que se encuentran dentro del territorio, bajo la supervisión del Estado; d) Priorice la instalación de agua potable dentro de esa comunidad; e) Cese el aprovechamiento ilegal del agua contaminada y residual, disponiendo que dichos derechos pasen a la comunidad; f) Establecer la anulación de contratos y convenios u otros instrumentos jurídicos que hayan pretendido soslayar el proceso de adecuación constitucional; g) Les otorgue fotocopias legalizadas de todas las concesiones, contratos, convenios u otro tipo de instrumentos jurídicos, referidos a la explotación y aprovechamiento de las aguas y otros recursos naturales ubicados dentro de su territorio.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedente
- Fragmento 7
- II.2. Legitimación pasiva
- II.3. Procedimiento aplicable en la tramitación de la acción popular
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.5.1. Del cumplimiento de los requisitos de contenido previstos por el art. 33 del CPCo