Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0196/2014-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0196/2014-CA

    Fecha: 26-Jun-2014

    II.3.  Análisis del caso concreto

    En ese contexto, corresponde aclarar que si bien la Magistrada, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, no se encuentra de acuerdo con la SPC 0363/2014, sin embargo conforme dispone el art. 203 dela CPE, la misma es de carácter vinculante, sin que pueda cambiar su entendimiento a través de un Auto Constitucional.

    • Fragmento 1
    • I.1. Contenido de la solicitud
    • a)
    • Fragmento 4
    • II.1.  Requisitos de procedencia del conflicto de competencias
    • La demanda será planteada por cualquier Autoridad Indígena Originaria Campesina, cuando estime que una Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental está ejerciendo jurisdicción en el ámbito de vigencia personal, territorial o material que, de acuerdo con la Constitución Política del Estado y la Ley, le correspondería a la Autoridad Indígena Originaria Campesina.
    • II. Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • Fragmento 9
    • Fragmento 10
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • RECHAZAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca